Referente a los proveedores del Club Nàutic Estartit, les ponemos en conocimiento que la valoración de la calidad del servicio prestado o producto suministrado se evaluará a través del seguimiento periódico de las incidencias que se puedan haber producido, en el caso que se considere necesaria la aportación de una acción correctiva se les comunicará vía correo electrónico.
En referencia a las empresas, autónomos, industriales… que realizan su actividad económica en las instalaciones del Club Nàutic Estartit, les recordamos que les aplica, entre otras, la siguiente normativa y reglamentación:
- Reglamento particular de explotación, gestión y policía de la dársena deportiva del Club Nàutic Estartit
- Plan de autoprotección del puerto de Estartit
- Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales
- Real Decreto 171/2004 por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales (Coordinación de Actividades Empresariales)
El Club forma parte de la Asociación de Puertos Deportivos y Turísticos y se dispone de una plataforma específica para todos los puertos que lo integran para cumplir con los requisitos de Coordinación de Actividades Empresariales requeridos por la normativa vigente. Os podéis validar en el siguiente link.
Para cualquier duda o consulta podéis enviar un corre electrónico aquí.